¿Cómo proteger un inmueble de un embargo en Colombia?

Un embargo es una situación bastante compleja y estresante que le puede suceder a cualquiera. Probablemente habrás escuchado de un familiar o amigo al que le embargaron su vivienda. Tal vez otro tipo de bien, como sus cuentas bancarias, vehículos y hasta electrodomésticos.😯

En Ciencuadras te contamos todo lo que debes saber para proteger un inmueble de un embargo, a dónde acudir en caso de presentarse y algunos consejos para tener en cuenta. 

¿Qué es un embargo?

Un embargo es una medida cautelar que se utiliza en Colombia cuando existe un riesgo de que el deudor no pueda responder por sus obligaciones económicas.

Esta medida se utiliza para garantizar el pago de una deuda o para proteger los derechos de un acreedor. Si el deudor no cumple con sus obligaciones, el embargo permite al acreedor tomar posesión de los bienes del deudor para cubrir la deuda.

También puedes leer: ¿Cómo afectan los puntajes de crédito la tasa hipotecaria?

¿Qué bienes pueden ser embargados en Colombia?

En nuestro país, cualquier bien mueble o inmueble puede ser embargado para garantizar una deuda. Esto incluye viviendas, locales comerciales, vehículos, cuentas bancarias; e incluso, electrodomésticos, celulares, joyas, cuentas corrientes y muebles. Sin embargo, existen algunas excepciones legales, como los bienes necesarios para el sustento del deudor y su familia, como por ejemplo, la vivienda familiar. 🏡

“Los bienes embargados pueden limitarse y el valor de los bienes embargados, salvo los bienes afectados por hipoteca o prenda que garanticen un crédito, no podrá exceder del doble del crédito cobrado, sus intereses y las costas”, explica Lucía Caballero, Jefe de inmuebles de Ciencuadras. 

Supongamos que una persona tiene una deuda con un banco y no ha podido pagarla, entonces el banco puede iniciar un proceso judicial para recuperar su dinero. En este caso, es un juez quien puede ordenar un embargo sobre los bienes de la persona, para asegurar que se pague la deuda.

Un proceso de embargo en nuestro país tiene un procedimiento legal establecido, que debe ser respetado por las partes involucradas. 

¿Y si no cumplo con la orden de embargo?

Si no cumples con el embargo ordenado por un juez, puedes enfrentarte a consecuencias legales y económicas graves. 👇

Entre estas consecuencias que puedes enfrentar se encuentran:

  • La incautación de tus bienes.
  • Retención de tu salario.
  • La inclusión de tu nombre en listas de morosos.
  • Restricción de tus actividades económicas.

Además, si no cumples con el embargo, es posible que se inicien nuevos procesos judiciales en tu contra, y que se te impongan multas o sanciones adicionales. 

El incumplimiento de un embargo es considerado un delito de desobediencia a la autoridad judicial, y puede acarrear sanciones penales y económicas.

¿Cómo proteger un inmueble?

Explica Lucía Caballero: “Para proteger un inmueble de un embargo, se puede recurrir a figuras como la afectación a vivienda familiar, la constitución de un patrimonio familiar, e incluso una fiducia en garantía. Sin embargo, estas solamente aplican sobre inmuebles, específicamente viviendas”.

Algunas medidas que pueden ayudar a proteger un inmueble de un embargo, están: 

  • Pagar las deudas a tiempo para evitar que se llegue a la etapa de embargo.
  • Solicitar una refinanciación de la deuda con el acreedor.
  • Establecer un acuerdo de pago con el acreedor que permita pagar la deuda en cuotas.
  • Registrar el inmueble a nombre de un tercero, como un familiar o una sociedad.
  • Realizar una hipoteca sobre el inmueble para garantizar la deuda.

En este último punto, recordemos que la hipoteca es una garantía que se establece sobre un inmueble para garantizar el pago de una deuda. Si el deudor no paga la deuda, el acreedor puede solicitar la ejecución de la hipoteca, lo que permite la venta del inmueble para cubrir la deuda. 💰

Es importante tener en cuenta que la hipoteca debe ser establecida antes de que exista una deuda, ya que una vez que se ha iniciado un proceso de embargo, la hipoteca pierde su efecto protector.

🔗 Permuta inmobiliaria, ¿en qué consiste?

¿Qué hacer si ya existe un proceso de embargo sobre un inmueble?

Si ya existe un proceso de embargo sobre un inmueble, es importante buscar asesoría legal para conocer las opciones y alternativas disponibles. Una opción puede ser negociar con el acreedor para establecer un acuerdo de pago que permita evitar la venta del inmueble. 

También se puede solicitar la suspensión del proceso de embargo si se demuestra que existe un error en el proceso o que se han vulnerado los derechos del deudor. 👨‍🦰

Para Lucía Caballero, Jefe de inmuebles de Ciencuadras, lo más importante si ya existe dicho proceso es, “Pagar la deuda u obligación; constituir una caución en el caso de los embargos decretados en los procesos ejecutivos y buscar negociar con el acreedor. Sin embargo, es más útil si se hace previo al embargo para evitar que este suceda”, recuerda la especialista. 

Si ya existe un proceso de embargo, es importante buscar asesoría legal para conocer las opciones y alternativas disponibles. En Ciencuadras te acompañamos a tomar las mejores decisiones y a estar siempre informado. Recuerda que Ciencuadras, cuadra todo. 💙

Publicado originalmente en mayo de 2023.

¿Qué tan útil te pareció este contenido?

¡Hola! Soy el blog de ciencuadras.com, un portal inmobiliario del Grupo Bolívar en el que encuentras casas, apartamentos, oficinas, fincas y más inmuebles en arriendo y venta en toda Colombia. 💙Cuando me visitas, además de descubrir tu inmueble ideal, puedes estar al día con las noticias del sector inmobiliario y de la construcción; aprender tips en decoración y organización de espacios, y mucho más.

Artículos relacionados

28 comentarios

  1. Luz Dary FLòReZ dice:

    Hola qué da más garantía en una separación de bienes. Un fideicomiso oh una hipoteca de los bienes?
    Gracias

  2. William dice:

    Hola , puede un crédito de libre inversión afectar la hipoteca cuando los dos créditos son del mismo banco? Si es así y el crédito de libre inversión lleva más de un año sin pagar ,pero la hipoteca se mantiene al día, el banco podría embargar ?

  3. juan carlos piedrahita dice:

    hola buenas. MI esposa trabajo con el estado, en el acueducto y luego de salir le han abierto unas investigaciones , al igual que a otros compañeros y como consecuencia de esto la contraloria piensa dictar medida cautelar de embargo. Nuestra vivienda tiene afectacion a vivienda familiar, la pregunta es si nos pueden embargar la vivienda.. Gracias

  4. diana marcela piñeros dice:

    buen dia yo me separe hace 6 años y tengo un apto que llevo pagando por mas de 13 años al dia con patrimonio familiar , sin embargo a travez del tiempo me entere que el padre de mis hijos la misma entidad le otorgo un credito de libre inversion a raiz de que yo era la que pagaba el credito y como el esta como deudor se lo otorgaron pero para mi sorpresa el se colgo en las cuotas y yalleva como 7 meses en mora y me entere por medio de la entidad que si el no pagaba ese credito me embargaban y no me levantaban la hipoteca , me parece injusto porque yo soy muy responsable soy madre soltera y del fruto de ese matrimonio tengo 3 hijos que he tenido que sacarlos adelante , la verdad quisiera saber a donde debo acudir para que no me quiten el apto que con tanto esfuerzo he pagado para dejarle a mis hijos

    • Hola, Diana. ¡Gracias por visitarnos!
      Si te separaste, pero no lo hiciste judicialmente, desafortunadamente las deudas que adquiera el padre de tus hijos serán vinculadas. Por lo tanto, te sugerimos primero revisar con un abogado tu proceso de separación y llegar a un acuerdo para el pago de dicha deuda. Un abrazo de solidaridad. 💙

  5. Laura Morales dice:

    Hola, si el banco ya esta iniciando proceso de embargo, en este punto se puede hacer el cambio de escrituras, es decir que el inmueble pase a nombre de alguien más para asi evirtar el enmbargo?. Gracias

  6. Jaime Daniel dice:

    Hola amigos, un inmueble que tiene una medida cautelar sin levantar y que esta anotada en el certificado de libertad a raíz de un proceso de demanda que interpuso la afectada en donde un hermano tomo posesión del inmueble después del fallecimiento del padre y nunca le informo a la hermana, puede el hermano vender o hipotecar el inmueble a un banco o persona natural?

    • Hola, Jaime. Gracias por escribirnos. 💙
      Hasta que no se cancele el embargo en el certificado de tradición y libertad, no es posible realizar una venta o hipotecar el inmueble, esto en razón a que los embargos retiran al inmueble del comercio impidiendo su comercialización.
      Feliz día.

  7. Jesús dice:

    Hola. Veo que contestan las preguntas, y realmente necesito ayuda. Una parte de un predio rural que compré con tres dueños (hermanos), sin división material, le fue embargado a uno de los dueños (quien me vendió). Desafortunamente, luego del embargo se hicieron ajustes de linderos, se dio una plata adicional y demás, ahora que quiero realizar la compra-venta parcial me encuentro con que la persona tiene su parte embargada, ¿qué puedo hacer para salvaguardar mi dinero? ¿Pueden los otros dueños realizar una compra-venta parcial y podría yo registrar esa compra-venta a la matricula del inmueble?

    • Hola Jesús, gracias por visitarnos. Al tener registrado un embargo el inmueble, esto hace que no pueda ser comercializado, ya que esta figura jurídica saca al bien del comercio y no permite realizar su venta. Un saludo.

  8. Javier Orlando Pérez dice:

    Posesión de inmueble bis
    Compre un apto ( vis y con subsidio de vivienda) con la mamá de mi hija, duramos 4 años viviendo en unión marital de hecho ( declarada Ante casa de justicia ), ella cambio las guardas del apto hace siete años y no pude volver a entrar, ahora ella vive en otra cuidad, con mi Hija, el apto se encuentra solo con muebles adquiridos por los dos, tiene varias cuotas en mora con el crédito hipotecario y la administración nunca la ha pagado, en las escritutas estamos ella y yo y la hija en común y un niño de ella ( aún son menores ) y en el crédito hipotecario ella es la deudora principal y yo el segundo titular, ella tiene la custodia de los dos niños , puedo yo ingresar al apto e irme a vivir en el ? Con el fin de empezar a sanear las deudas y rescatar el apto ? O ella puede sacarme de allí por vía legal ?

    • Hola, Javier. ¡Gracias por visitarnos!
      Nuestra principal recomendación es buscar asesoría jurídica frente a los inconvenientes jurídicos presentados. Sin embargo, al ser propietario del inmueble es probable que no se vea afectado al entrar en él y cambiar las guardas del mismo. Puede buscar acuerdos de pago con la entidad financiera y con la administración para sanear el inmueble. Frente a las vías legales que la otra propietaria tiene para sacarlo del inmueble, puede que no sean efectivas, teniendo presente que el titular del dominio del inmueble puede ejercer la posesión del mismo. Esperamos todo se resuelva pronto y de la mejor forma. Un saludo.

  9. Jackeline dice:

    Hola, mi vivienda está hipotecada con un banco pero con otro banco tuve un credito que por problemas económicos no pude ponerme al día, me ha llegado una notificación de embargo a mi inmueble hipotecado, esto se puede apelar? que puedo hacer?

    • Hola, Jackeline. Gracias por dejarnos tu comentario.

      Te invitamos a buscar asesoría jurídica frente al inconveniente que presentas. Sin embargo, por regla general, las personas pagan con su patrimonio (conformado por todos sus bienes obtenidos e ingresos generados). En caso que quieran embargar un inmueble que cuenta con garantía hipotecaria en favor de otra entidad financiera, se debe iniciar un proceso ejecutivo en el cual solicitan medidas cautelares de secuestro y embargo sobre el bien inmueble.

      Posteriormente, deben citar al banco acreedor de la garantía hipotecaria para que sea pagado en primera medida su deuda y con el saldo de ese remate, se paga a los demás acreedores, que en el caso hipotético, sería el otro banco que no tiene garantía hipotecaria. No obstante, puedes validar con un abogado si tu inmueble cuenta con alguna figura de protección como el patrimonio de familia inembargable.

      Esperamos todo se resuelva pronto y de la mejor manera. Un saludo.

  10. Jackeline dice:

    Hola, por favor quiero que me asesoren en lo siguiente: tengo hipotecada mi casa desde el año 2016 con un banco, pero en el año 2022 me ofrecieron un prestamo de libre inversión con otro banco, debido a falta de empleo solo puedo responder por la cuota de la hipoteca y no he podido ponerme al día con el credito de libre inversión, hace un par de días me llegó una notificación de embargo a mi inmueble hipotecado, esto se puede apelar? que puedo hacer?

    • Hola, Jackeline. Gracias por dejarnos tu comentario.

      Te invitamos a buscar asesoría jurídica frente al inconveniente que presentas. Sin embargo, por regla general, las personas pagan con su patrimonio (conformado por todos sus bienes obtenidos e ingresos generados). En caso que quieran embargar un inmueble que cuenta con garantía hipotecaria en favor de otra entidad financiera, se debe iniciar un proceso ejecutivo en el cual solicitan medidas cautelares de secuestro y embargo sobre el bien inmueble.

      Posteriormente, deben citar al banco acreedor de la garantía hipotecaria para que sea pagado en primera medida su deuda y con el saldo de ese remate, se paga a los demás acreedores, que en el caso hipotético, sería el otro banco que no tiene garantía hipotecaria. No obstante, puedes validar con un abogado si tu inmueble cuenta con alguna figura de protección como el patrimonio de familia inembargable.

      Esperamos todo se resuelva pronto y de la mejor manera. Un saludo.

  11. CECILIA dice:

    Hola Buenas tardes,
    Tengo Un credito hipotecario al día, pero llevo 11 meses sin pagar un credito de libre inversión, del mismo banco, puede el Banco embargar mi casa por no pago del credito de libre inversión.

    • Hola, Cecilia. Gracias por visitarnos y dejarnos tu comentario.
      Si el crédito hipotecario se registró como “Hipoteca abierta sin límite de cuantía”, sí es posible que el Banco realice procesos jurídicos por la deuda de otros productos fuera de la hipoteca inicial dado que, reúnen todos los créditos abiertos en uno solo.
      Te envíamos un saludo.

  12. Bera Bermudez dice:

    Hola, estoy comprando una vivienda que tuvo una hipoteca con un dueño anterior al cual le aplicaron embargo y luego se lo cancelaron, pero por ningun lado aparece en el certificado de tradición y libertad que se haya cancelado la hipoteca, solo el embargo, luego de esto el bien fue vendido a varios dueños, puede afecterme eso en un futuro, por ejemplo para un estudio de títulos en un crédito bancario. Gracias

    • Hola, Bera. ¡Gracias por visitarnos!
      Aunque las hipotecas prescriben y no producen efecto, es indispensable realizar la cancelación por medio de escritura y que se registre en el certificado, pues, lo más seguro es que las entidades financieras sí lo exijan en un estudio de títulos.
      Un saludo.

  13. Patricia Diaz dice:

    Tengo un credito hipotecario y los he venido pagando a tiempo, pero no he podido pagar lel credito de libre inversion porque me encuentro en canada en calidad de refugiado y no puedo regresar a Colombia, y no he podido conseguir trabajo para poder hacer un acuerdo de pago con la entidad, pero el banco esta pidiendo rematar mi apartamento, queisiera saber si eso se puede hacer o que debo hacer

    • Hola, Patricia.
      Sí es posible que el banco inicie el proceso jurídico del inmueble por la deuda que se tiene con el crédito de libre inversión, dado que, la hipoteca por lo general se hace como “hipoteca sin límite de cuantía”. Es decir, todas las deudas que se tengan con ese mismo banco serán respaldadas con la obligación de la hipoteca.
      Un saludo.

  14. MARÍA CRISTINA dice:

    Hola buenos días.
    Quisiera saber si en el remate de un inmueble habitado por uno de los dueños, él deben entregar el inmueble y salir pacíficamente una vez se defina judicialmente que le fue vendido al postulante.
    Esto, para decidir si hacemos postura en la 3a fecha, porque tener que adelantar proceso de lanzamiento no se justificaría. Gracias.

Deja un comentario




×

¡Hola!

Haz clic a continuación para recibir asesoría inmobiliaria

× ¡Habla con MIA y encuentra tu lugar ideal!